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¿QUÉ ES LA REPARACIÓN INTEGRAL DEL DAÑO? | PRINCIPIOS Y OBJETIVOS.


La necesidad de manifestar como obligación la aplicación de la reparación del daño integral fue indispensable para lograr salvaguardar distintos derechos humanos. Por ende, en la actualidad la reparación del daño es una obligación impuesta para resarcir los daños a favor de la víctima u ofendido, y toda víctima de violación a derechos humanos tiene derecho a la reparación del daño de manera oportuna, plena, diferenciada, integral y efectiva.


La reparación del daño en la impartición de justicia
JUSTICIA


Se trata de un proceso dirigido a involucrar, dentro de lo posible, a todos los que tengan un interés en una ofensa particular, e identificar y atender colectivamente los daños, necesidades y obligaciones derivados de dicha ofensa, con el propósito de sanar y enmendar los daños de la mejor manera posible comprendiendo las siguientes medidas:


1. Restitución: Consiste en la implementación de medidas que buscan el restablecimiento de los derechos y condiciones de las víctimas a la situación en que se encontraban antes de que ocurriera el hecho victimizante para que puedan retornar o reconstruir su proyecto de vida.


2. Compensación: La compensación se otorgará por todos los perjuicios, sufrimientos y pérdidas económicamente evaluables que sean consecuencia de la comisión de los delitos.



3. Indemnización: Dependiendo del hecho victimizante, las víctimas recibirán una compensación económica por los daños sufridos a título de indemnización administrativa.


4. Rehabilitación: Consiste en la atención de carácter jurídico, médico, psicológico y social dirigida al restablecimiento de las condiciones físicas y psicológicas de las víctimas.


5. Satisfacción: Estas medidas buscan proporcionar bienestar y contribuir a mitigar el dolor de las víctimas a través del restablecimiento de su dignidad y difusión de la verdad sobre lo sucedido.


6. Garantías de no repetición: Se trata de una serie de medidas que se adoptan con el fin de garantizar que no se repitan las violaciones a los derechos humanos ni las infracciones al derecho internacional humanitario que generaron la victimización.


Cada una de estas medidas será implementada a favor de la víctima teniendo en cuenta la gravedad y magnitud del hecho victimizante cometido o la gravedad y magnitud de la violación de sus derechos, así como las circunstancias y características del hecho victimizante.


Cuando un juez ordena la reparación de daños, en casos económicos o patrimoniales la cantidad dependerá del tipo de delito y cómo le afectó el delito a la víctima y la reparación de daños puede pagarse por ejemplo por reembolso por el dinero robado, pagar o reemplazar la propiedad robada o dañada, o pagar por la pérdida de sueldo o gastos médicos resultantes del delito.



Los jueces deben aplicar medidas para reparar el daño
Reparación del Daño


La reparación integral se trata de un derecho de las víctimas reconocido en el derecho en consonancia con lo dispuesto en el artículo primero constitucional que determina que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos dentro de la Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos, y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, integrando así mismo el principio pro persona que se basa en aplicar la normatividad que más favorezca a la víctima quedando así manifiestas las condiciones necesarias para hacer valer los derechos y garantías para todos y haciendo efectiva la reparación del daño, entre otros derechos contemplados en las legislaciones aplicables.


Es esencial reconocer y garantizar los derechos de las víctimas del delito y de violaciones a derechos humanos, en especial el derecho a la asistencia, protección, atención, verdad, justicia, reparación integral, debida diligencia y todos los demás derechos consagrados en ella, en la Constitución, en los Tratados Internacionales de derechos humanos de los que el Estado Mexicano es Parte y demás instrumentos de derechos humanos; Establecer y coordinar las acciones y medidas necesarias para promover, respetar, proteger, garantizar y permitir el ejercicio efectivo de los derechos de las víctimas; así como implementar los mecanismos para que todas las autoridades en el ámbito de sus respectivas competencias cumplan con sus obligaciones de prevenir, investigar, sancionar y lograr la reparación integral; garantizar un efectivo ejercicio del derecho de las víctimas a la justicia en estricto cumplimiento de las reglas del debido proceso; establecer los deberes y obligaciones específicos a cargo de las autoridades y de todo aquel que intervenga en los procedimientos relacionados con las víctimas; establecer las sanciones respecto al incumplimiento por acción o por omisión de cualquiera de sus disposiciones.


Entre los principios de aplicación de la reparación integral encontramos la necesidad de que logren ser adecuadas, efectivas y rápidas tiene por finalidad promover la justicia, remediando las violaciones manifiestas de las normas internacionales de derechos humanos o las violaciones graves del derecho internacional humanitario. La reparación ha de ser proporcional a la gravedad de las violaciones y al daño sufrido. Conforme a su derecho interno y a sus obligaciones jurídicas internacionales, los Estados concederán reparación a las víctimas por las acciones u omisiones que puedan atribuirse al Estado y constituyan violaciones manifiestas de las normas internacionales de derechos humanos o violaciones graves del derecho internacional humanitario.


El estado deberá:

· Prevenir: mediante diversas formas de comunicación, protocolos y normatividad mediante la cual se busque prevenir la violación de derechos.


· Investigar: se deberá dar seguimiento minucioso a cada caso o hecho en el que una persona haya sido agraviada desde cualquier ámbito, esto mediante una investigación precisa para lograr conocer el proceso victimizante y tener las herramientas para intervenir.


· Sancionar: el estado deberá asegurarse de que el responsable del hecho sea sancionado como lo señalan las normas jurídicas.


· Reparar: se deberán cumplir, aplicar y garantizar las medidas de restitución, indemnización, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición, esto dependiendo de los daños sufridos y el tipo de hecho victimizante siendo así que se podrán acceder a una o varias de estas medidas para lograr una reparación integral eficaz.


Los estados deben garantizar que se investiguen y sancionen los delitos
Investigación


La reparación integral se relaciona con otros derechos reconocidos en los instrumentos internacionales de protección de derechos humanos. Con el fin de satisfacer los principios de dignidad, no discriminación y no estigmatización, se debe otorgar un tratamiento justo e igualitario a las víctimas de violaciones de derechos humanos.





Fuentes de consulta


Reparación integral: principios aplicables y modalidades de reparación. Revista de Derecho. Vol. 9 (I) (2020), pp. 251-268. Publicación electrónica:


Crespo Gómez, Yesenia Guadalupe. (2020). La reparación del daño como derecho fundamental de la víctima en el sistema acusatorio mexicano. Revista IUS, 14(46), 329-344. 02 de diciembre de 2020. Recuperado en 02 de octubre de 2023, de http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1870-21472020000200329&lng=es&tlng=es


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